¿Estás pensando en disfrutar del verano desde otro punto de vista? ¿Poder ver las playas desde un barco cercano a la costa o practicar con motos acuáticas?

En anteriores artículos de CREVASA os explicamos qué es el PER  (Patrón de Embarcaciones de Recreo).

En esta ocasión os indicaremos los diferentes tipos de títulos que podemos obtener y las diferencias entre ellos.

Dependiendo de la envergadura y tipo de la embarcación a gobernar y la distancia de la costa a la que pretendamos navegar, será necesario un título u otro.


Licencia de Navegación

Si lo que deseamos es navegar con una embarcación pequeña (hasta 6 metros de eslora) y no se va a ir más de 2 millas náuticas de la costa ni se va a navegar de noche, la Licencia de navegación, antiguamente conocida como “titulín” será suficiente. Esto incluye motos náuticas sin límite de potencia. Es una licencia, no un título, por lo que no está sometida a examen.

Los requisitos para poder conseguir la Licencia de navegación son:

  • Tener más de 16 años.
  • Realizar un curso teórico de al menos 2 horas de duración.
  • Realizar 4 horas prácticas básicas de seguridad y navegación.
  • Obtener un certificado psicotécnico.

y con esta licencia de navegación podemos:

  • Gobernar embarcaciones de un máximo de 6 metros de eslora.
  • Navegar como máximo a 2 millas de la costa
  • Solo está permitida la navegación diurna (no se puede navegar sin suficiente luz solar)
  • Las embarcaciones a gobernar no están limitadas en potencia, siempre que la eslora de las mismas no supere los 6 metros, por lo que habilita para gobernar cualquier tipo de moto náutica o moto de agua.

Patrón de Navegación Básica (PNB)

Con este título se puede gobernar embarcaciones de hasta 8 metros de eslora y la distancia hasta la costa aumenta hasta 5 millas. Ideal para poder conducir motos acuáticas.

Además, será necesario pasar un examen teórico, realizar al menos 8 horas de prácticas y un curso PNB de radiocomunicaciones de al menos 4 horas.

Los requisitos para poder conseguir el título de Patrón de Navegación Básica son:

  • Tener 18 años o más (aunque el examen teórico puede obtenerse a partir de 16 años).
  • Realizar un curso de radiocomunicaciones de 4 horas de duración (2 teóricas y 2 prácticas).
  • Superar el examen teórico
  • Realizar 8 horas prácticas básicas de seguridad y navegación .
  • Obtener un certificado psicofísico.

Y con esta licencia de navegación podemos:

  • Gobernar embarcaciones de un máximo de 8 metros de eslora.
  • Navegar como máximo a 5 millas de la costa
  • Navegar tanto de día como de noche
  • Como en la Licencia de Navegación las embarcaciones a gobernar no están limitadas en potencia, siempre que  la eslora de las mismas no supere los 8 metros, por lo que habilita para gobernar cualquier tipo de moto náutica o moto de agua.

Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER)

El título de Patrón de Embarcaciones de Recreo, conocido como PER, permite navegar en barcos de hasta 15 metros de eslora. Es el título náutico más demandado, no requiere obtener ninguna licencia ni titulación previa y para obtenerlo hay que aprobar un examen teórico tipo test y realizar unas prácticas en una escuela náutica homologada.

Con las prácticas adecuadas, también habilita para gobernar barcos de vela además de, por supuesto, motos de agua o embarcaciones más pequeñas.

Los requisitos para poder conseguir el título de Patrón de Embarcaciones de Recreo son:

  • Tener 18 años o más.
  • Realizar el curso práctico de radio operador de corto alcance.
  • Superar el examen teórico.
  • Realizar las prácticas básicas de seguridad y navegación.
  • Obtener un certificado psicofísico, el certificado médico náutico que puedes obtener en Crevasa.

y con esta licencia de navegación podemos:

  • Gobernar embarcaciones de un máximo de 15 metros de eslora.
  • Navegar como máximo a 12 millas de la costa y entre islas de un mismo archipiélago.
  • Navegar tanto de día como de noche
  • Superando las prácticas de ampliación de atribuciones es posible navegar desde la península a Baleares y viceversa en barcos de hasta 24 metros de eslora.
  • Se podrá dar servicios profesionales de transporte, maniobras en puertos y playas, pruebas de mar y socorrismo si se amplía la titulación con habilitaciones específicas.
  • Como en la Licencia de Navegación las embarcaciones a gobernar no están limitadas en potencia, siempre que  la eslora de las mismas no supere los 8 metros, por lo que habilita para gobernar cualquier tipo de moto náutica o moto de agua.

Patrón de Yate.

Con el título de Patrón de Yate se puede gobernar embarcaciones de hasta 24 metros de eslora a una distancia máxima de 150 millas. Es necesario haber obtenido previamente el PER, además de aprobar el examen específico de Patrón de Yate.

Los requisitos para poder conseguir el título de Patrón de Yate son:

  • Estar en posesión previa del título de Patrón de Embarcaciones de Recreo PER.
  • Superar el examen teórico.
  • Realizar las prácticas básicas de seguridad y navegación. Al menos 48 horas.
  • Obtener un certificado psicofísico.

Y con esta licencia de navegación podemos:

  • Gobernar embarcaciones de un máximo de 24 metros de eslora.
  • Navegar como máximo a 150 millas de la costa.
  • Navegar tanto de día como de noche
  • Se podrá dar servicios profesionales de transporte, maniobras en puertos y playas, pruebas de mar y socorrismo si se amplía la titulación con habilitaciones específicas.
  • Se podrán prestar servicios de excursiones turísticas y pesca de recreo con hasta 6 pasajeros a bordo si se amplía la titulación con habilitaciones específicas.

Como habrás comprobado para cualquiera de las titulaciones para embarcación es necesario realizar un reconocimiento médico psicotécnico en un centro acreditado como Crevasa. El objetivo del examen médico para poder navegar es garantizar el buen estado de salud física y mental  para poder gobernar el tipo de embarcación que permite las atribuciones de la titulación. Para ello se realizan tanto pruebas físicas como psicológicas:

  • Historial médico: Un médico especialista entrevista al interesado para certificar el historial médico.
  • Estado general: Además de verificar los antecedentes médicos se realiza un reconocimiento médico general de los signos vitales y estado de salud.
  • Capacidad visual y auditiva: Se realizan unas pruebas de agudeza visual, percepción de colores y capacidad auditiva, fundamentales para poder navegar de forma segura.
  • Sistema respiratorio y cardiovascular: Realizamos una inspección y auscultación de ambos sistemas para verificar que no hay problemas médicos.
  • Sistema locomotor: Realizamos unas pruebas específicas para valorar la movilidad, fuerza y capacidad de coordinación del evaluado.
  • Psicotécnicos para embarcaciones de recreo: a través de un profesional especializado y de un test de personalidad, se evalúa el estado mental para descartar posibles trastornos o enfermedades mentales, así como problemas de conducta.

Si estás pensando en tener unas vacaciones diferentes, sin aglomeraciones de gente en la playa, pudiendo navegar de cala en cala y gozar el verano desde el mar, no lo dudes. Obtén tu certificado médico en Crevasa y sal a navegar.